martes, 29 de septiembre de 2015

La rebelión del 2016, o articulo 350 para tontos....

Pongamos el caso de que Maduro, Diosdado, el CNE y TSJ. Hubiesen aceptado la observación internacional, y hacer auditoria 100%. Capriles habría ganado la presidencia con una ventaja de un 7% en diciembre de 2013. En un país polarizado, con facciones en ambos bandos. Con una economía destruida. Y peor aun, una asamblea nacional en contra. Un congreso impidiendo y saboteando cada acción encaminada a enderezar el rumbo. Con unas FANB leales no al anterior gobierno. Al dinero que su conchupancia le daba acceso. Con múltiples vicios, corruptelas, desfalcos y estafas a la nación. Para la mente cortoplacista del venezolano, ese gobierno seria catalogado como el mas corrupto e inepto de la historia, y cuidado si lograba llegar a su termino. Los rojos son expertos en conspirar. Con dinero y el legislativo a su favor son peligrosos hasta para Dios. 


El afán, interés personal, parcelas de poder, búsquedas de cambur, o como se les de la gana de calificar los intentos de la oposición de obtener la MAYORIA en la asamblea. Aun cuando pienso que catalogar a esa lucha de manera tan ligera es un absurdo, es miserable. Nadie deja la supuesta tranquilidad, apatía y conformismo que atribuyen a los opositores. Por un trabajo donde son insultados desde que entran hasta que salen, sus cuentas investigadas, carros rayados, casas pintarrajeadas con amenazas, llamados a las tantas horas de la noche por personas que le DEMUESTRAN que están siendo espiados seguidos y que en cualquier momento pueden hacerles daño. Los colegios de sus hijos frecuentados por oscuros personajes que merodean ante la indiferencia del los cuerpos de seguridad. Y donde no te puedes equivocar en una coma en tu declaración jurada, u obviar un beneficio que no has recibido so pena de ser inhabilitado.


Estos candidatos opositores tienen una de las tareas mas importantes de nuestra historia reciente. De lograr la mayoría en el congreso, no es que pueden, es posible, quizá logren. Nada de eso, ESTÁN OBLIGADOS, a desmontar a las instituciones cómplices que blindan el accionar del régimen. Destituir Magistrados del TSJ, Rectores del CNE, Fiscal General, Contralor, Defensor del Pueblo. Y su respectivo nombramiento con los mejores venezolanos para esos cargos. Interpelar a cada ministro pasado y actual responsable de dilapidar el tesoro publico en la mayor bonanza petrolera de la historia. Abrir una investigación sobre la verdadera nacionalidad de el actual "Jefe" de estado. Y sustentar tanto de los funcionarios destituidos del poder Judicial, Electoral y Moral, como del mismo presidente TODOS LO INDICIOS Y PRUEBAS pertinentes para activar el articulo 350. Que nos EXIGE  a los venezolanos desconocer a un régimen contrario a la constitución y las leyes de la república. Otra obligación no menos importante y que pueden asumir de manera simultanea, es la promulgación de una ley de amnistía que libere a los presos políticos, y anule los juicios viciados de nulidad en contra de los disidentes. Esa es la vía de la desobediencia civil, esa es la vía constitucional y pacifica de echar de el poder a quien lo usurpa a través de la mentira y el fraude, esa es la vía por la que el pueblo en la calle tiene verdadera efectividad, esa es la vía por donde el poder originario en asambleas populares libres ORDENA a sus representantes en el congreso someter a las leyes a esta dictadura electoral, sus estafadores contadores de votos y jueces refrendadores de la estafa a la nación. No hay otra. No existe ejercito de "gochos" cruzando a caballo el país para alentar la revuelta, no hay militares buchones arrepentidos y con ataques de patriotismo que nos salven de estos ladrones de los que forman parte. Si las FANB quieren ayudar, MUCHO hacen con solo respetar el resultado de las elecciones, y mantener el orden. Tan solo eso les pide la constitución y a nosotros no nos hace falta mas.


Pero que es el articulo 350, y como podemos llegar a su aplicación?. Una de las salidas constitucionales, cívicas y pacificas para disolver un estado fallido. Pero su ejecución o activación esta en una especie de limbo, dado que todas las demás acciones por las que se puede cambiar un gobierno, elecciones, plebiscito, refrendo. Tienen un reglamento de aplicación que señala las instancias, organismos, lapsos y tiempos para su activación. Pueden leer, es mas, encerrarse con el jefe de la biblioteca de la asamblea, y no solo no encontraran un reglamento, la exposición de motivos, el espíritu del constituyente es la lectura mas ambigua y guabinosa de cualquier carta magna del mundo. Pero vayamos al articulo de la constitución de 1961, que impedía que un pueblo desconociera a un gobierno. 



Art. 66. Todos tienen el derecho de expresar su pensamiento de viva voz o por escrito y de hacer uso para ello de cualquier medio de difusión, sin que pueda establecerse censura previa; pero quedan sujetas a pena, de conformidad con la ley, las expresiones que constituyan delito. No se permite el anonimato. Tampoco se permitirá la propaganda de guerra, la que ofenda la moral pública ni la que tenga por objeto provocar la desobediencia de las leyes, sin que por esto pueda coartarse el análisis o la crítica de los preceptos legales.


En la constitución de 1999 fue sustituido por este.



Art. 57.Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, sus ideas u opiniones de viva voz, por escrito o mediante cualquier otra forma de expresión, y de hacer uso para ello de cualquier medio de comunicación y difusión, sin que pueda establecer censura. Quien haga uso de este derecho asume plena responsabilidad por todo lo expresado. No se permite el anonimato, ni la propaganda de guerra, ni los mensajes discriminatorios, ni los que promuevan la intolerancia religiosa.Se prohíbe la censura a los funcionarios públicos o funcionarias públicas para dar cuenta de los asuntos bajo sus responsabilidades.


Que gran diferencia pueden hacer 12 palabras. Con solo suprimirlas, el gobierno se dio permiso de promover la desobediencia de las leyes a discreción. Ante la ausencia de la norma, no existe impedimento para la acción. Ya saben el por que de la actuación de los altos personeros del régimen. Pero para justificar tirar al piso la alambrada jurídica, nos dan a cambio el ambiguo 350. Algo hermoso, una especie de AVIÓN CAZA de ultima generación, pero sin manuales y los controles rotulados en arameo antiguo.


Ante una solicitud de interpretación solicitada por los Abogados Elba Paredes Yespica y Agustin Hernandez, en aquellos días aciagos del 2002. La decisión de la Sala Constitucional intentó poner una camisa de fuerza al 350, y señalaba entre otras cosas.


 -...se arriesga a que en su contra se activen los mecanismos de desobediencia, la cual deberá ser tenida como legítima sí y solo sí –como se ha indicado precedentemente- se han agotado previamente los mecanismos e instancias que la propia Constitución contiene como garantes del estado de derecho en el orden interno, y a pesar de la declaración de inconstitucionalidad el agravio se mantiene.-
Siendo que en un gobierno donde los poderes son cómplices de un estado fallido e inconstitucional jamas decidiran en su contra, agotando los recursos constitucionales sin hacer justicia. Una Asamblea Nacional mas justa y democrática, esta en la obligación de revocar a los funcionarios de esas instituciones que impiden que el "agravio" a la carta magna sea castigado.

Así mismo señala en su ponencia el Magistrado Ivan Dario Rincon en esta decisión 02-1559 del 22/01/2003. http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/enero/02-1559%20INTERPRETACI%C3%93N%20350.HTM

Debe advertirse en este orden de ideas que no resulta pertinente, al menos en este estado, que esta Sala analice los mecanismos para hacer efectivo tal desconocimiento, ya que el carácter constitucional o no de los mismos no ha sido sometido a su consideración ni forma parte de la interpretación de la norma objeto del presente recurso. Así se declara.
De esta forma esquiva la posibilidad de pronunciarse sobre el procedimiento de activación del desconocimiento que consagra la constitución, devolviendo la discusión de su reglamento a una Asamblea Nacional con mayoría oficialista, que jamas pondría en la orden del día legislar sobre la materia. Es decir, la creación de la norma recae nuevamente en un parlamento aun por elegir. 

De allí el motivo mas importante de ganar la asamblea y lograr mayoría para la causa opositora. No es por darle "chamba" a un candidato que se esta comiendo un cable, un diputado cobra menos que el portero del capitolio. Apenas percibe una dieta que no genera ni prestaciones ni bonos de fin de año. Es por devolver la institucionalidad al país, sentar las bases para que el futuro gobierno, pueda iniciar la recuperación del país sobre bases solidas de equidad y justicia. Para que nunca mas un populista embaucador pueda meterse el país en un bolsillo. 


Cuando escuche, vea o lea a alguien desaforado pidiendo, 350 YA!!!!! Respondale, YA???... Ya va hermano, entérate primero de lo que estas pidiendo. Y en ese momento le envía este articulo.